Las personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) tienen derecho a la cobertura integral de las prestaciones previstas en la Ley 24.901. Cuando la obra social o prepaga las niega, limita o demora, el amparo es la vía para hacerlas cumplir.
Qué prestaciones se pueden reclamar
- Terapias de rehabilitación (kinesiología, fonoaudiología, terapia ocupacional, psicología).
- Acompañante terapéutico y maestra integradora.
- Transporte a terapias y escuela.
- Centros de día, hogares y residencias.
- Cuidador domiciliario e internación domiciliaria.
- Medicación, pañales e insumos al 100%.
- Prótesis, órtesis, sillas de ruedas y equipamiento.
Prestadores fuera de cartilla
Si el tratamiento ya se viene haciendo con profesionales de confianza fuera de la cartilla, se puede pedir que la cobertura continúe con ellos para no interrumpir la terapia.
Fallos sobre discapacidad
- Corte Suprema: discapacidad y prepagas. Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 28/08/2007 contra CEMIC: confirmó la condena a la prepaga a cubrir el 100% de los medicamentos de un joven con parálisis cerebral y certificado de discapacidad (la prepaga solo cubría el 40%). Ver fuente.
- Medicamentos al 100% e internación domiciliaria. “G. del V., M. del C. c/ OSSSB s/ amparo ley 16.986” (Expte. FPA 5011/2022/CA1), Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, 22/08/2022. Ordenó cubrir asistencia domiciliaria, kinesiología en domicilio, pañales e insumos, y el 100% de los medicamentos: consideró arbitraria la cobertura del 70%. Ver fuente.
- Geriátrico fuera de cartilla. “D. R. c/ Omint SA de Servicios s/ amparo de salud”, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala III. Confirmó la cautelar que ordenó a la prepaga cubrir la internación de una afiliada de 85 años en la residencia donde ya vivía, con el módulo “Hogar permanente con centro de día, Categoría A” más un 35% por dependencia, y rechazó el argumento de que la internación geriátrica es una prestación “social”. Ver fuente.
¿No tenés CUD?
Te ayudamos a tramitarlo. El CUD facilita muchísimo el reclamo y habilita la aplicación directa de la Ley 24.901.
¿Tu obra social o prepaga te negó la cobertura?
Analizamos tu caso y te decimos si corresponde iniciar un amparo.
Preguntas frecuentes
¿La prepaga también tiene que cumplir la Ley 24.901?
Sí. La Ley 26.682 de medicina prepaga obliga a cubrir las prestaciones para personas con discapacidad.
¿Me pueden cubrir solo un porcentaje?
Las prestaciones de la Ley 24.901 deben cubrirse en forma integral. La cobertura parcial es reclamable.
¿Qué valores se toman?
Suele tomarse como referencia el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, aunque según el caso puede pedirse el costo real.