Amparo por medicamentos de alto costo y oncológicos

Los medicamentos de alto costo (oncológicos, biológicos, para enfermedades poco frecuentes o importados) son los que más negativas generan. Los motivos habituales: “no está en el PMO”, “no está en el vademécum”, “es un uso fuera de prospecto” o “no tiene registro en ANMAT”. En muchos casos, la justicia ordenó igual la cobertura.

Casos en los que reclamamos

  • Tratamientos oncológicos y quimioterapia oral.
  • Medicamentos para enfermedades poco frecuentes (Ley 26.689).
  • Biológicos para enfermedades autoinmunes.
  • Medicamentos importados o sin registro local, con respaldo científico.
  • Coberturas parciales (40%, 70%) de medicación que debe cubrirse al 100%.

Fallos sobre cobertura de medicamentos

  • Nintedanib (OFEV) para fibrosis pulmonar idiopática. “D. P. J. M. c/ Obra Social Unión Personal s/ amparo” (Expte. FRO 49669/2019), Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Sala B, 30/08/2021. Confirmó la sentencia que obligó a la obra social a cubrir el medicamento y un concentrador portátil de oxígeno: al tratarse de una enfermedad poco frecuente rige la Ley 26.689 y el PMO es un piso, no un techo. Ver fuente.
  • Medicamento no registrado en ANMAT. “R. Ch., G. c/ Ministerio de Salud de la Provincia de Salta s/ amparo” (CJS 43.106/23), Corte de Justicia de Salta, 26/04/2024. Confirmó la cobertura del 100% de volanesorsen para quilomicronemia familiar, por contar con respaldo científico y prescripción médica. Ver fuente.
  • Medicamentos al 100% e internación domiciliaria. “G. del V., M. del C. c/ OSSSB s/ amparo ley 16.986” (Expte. FPA 5011/2022/CA1), Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, 22/08/2022. Ordenó cubrir asistencia domiciliaria, kinesiología en domicilio, pañales e insumos, y el 100% de los medicamentos: consideró arbitraria la cobertura del 70%. Ver fuente.
  • Corte Suprema: el derecho a la salud y los medicamentos. “Campodónico de Beviacqua, Ana Carina c/ Ministerio de Salud y Acción Social” (C.823.XXXV), Corte Suprema de Justicia de la Nación, 24/10/2000. Reconoció el derecho a la preservación de la salud con jerarquía constitucional y ordenó garantizar la provisión del medicamento a un niño, sin liberar a la obra social de su obligación. Ver fallo.
  • Corte Suprema: discapacidad y prepagas. Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 28/08/2007 contra CEMIC: confirmó la condena a la prepaga a cubrir el 100% de los medicamentos de un joven con parálisis cerebral y certificado de discapacidad (la prepaga solo cubría el 40%). Ver fuente.

La importancia del informe médico

En los amparos por medicamentos, el informe del médico tratante es decisivo: debe explicar el diagnóstico, por qué ese medicamento es el indicado y qué riesgo implica no recibirlo. Te orientamos para que el informe tenga lo que el juez necesita ver.

¿Tu obra social o prepaga te negó la cobertura?

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Preguntas frecuentes

¿Pueden negarme un medicamento porque no está en el PMO?

El PMO es un piso mínimo. Si hay indicación médica fundada, la jurisprudencia ha ordenado cubrir medicamentos fuera del PMO.

¿Y si el medicamento no tiene registro en ANMAT?

Hay fallos que ordenaron su cobertura cuando existe respaldo científico y prescripción médica.

¿Cuánto tarda la cautelar?

En casos oncológicos o urgentes se pide con carácter urgente y puede resolverse en pocos días.

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